miércoles, enero 7

A 22 años de la explosión del Rey de la Oferta, una tragedia que marcó a Florencio Varela y aún interpela al Estado

El 2 de enero de 2004, una explosión en un depósito clandestino de pirotecnia ubicado detrás del supermercado mayorista El Rey de la Oferta, en el barrio de KM 26 de Florencio Varela, provocó la muerte de cinco personas y dejó más de una decena de heridos, además de graves daños materiales. A 22 años del hecho, la tragedia sigue siendo un punto de referencia obligado para pensar la prevención, los controles y las responsabilidades públicas frente a actividades de riesgo en zonas urbanas.

La mañana del 2 de enero de 2004 quedó grabada en la memoria colectiva de Florencio Varela. Una explosión de gran magnitud sacudió el barrio de KM 26 cuando detonó un depósito clandestino de pirotecnia que funcionaba en los fondos del supermercado mayorista El Rey de la Oferta, ubicado frente a la estación ferroviaria de Dante Ardigó. La onda expansiva se sintió a varios kilómetros de distancia y dejó a su paso un escenario de destrucción, pánico y dolor.

El estallido afectó viviendas linderas, destruyó comercios y obligó a evacuar la zona. Según lo que luego quedó acreditado en sede judicial, la explosión provocó la muerte de cinco personas y dejó a más de una decena con heridas de distinta gravedad, además de cuantiosas pérdidas económicas para vecinos y comerciantes.


Las víctimas: vidas truncadas por una tragedia evitable

Socorristas buscando desaparecidos. Foto: Rodrigo Néspolo

Entre las víctimas fatales se encontraban Mirta Noelia Morales (25 años), quien cursaba un embarazo avanzado; Segundo Loyola García Vázquez, odontólogo de nacionalidad peruana; Luis Quinteros (18 años), empleado del supermercado; y Jorge Benítez (8 años), un niño que se encontraba en las inmediaciones al momento de la explosión. La sentencia judicial incorporó también como víctima fatal a Hugo Luna.

Mirta Noelia Morales descansaba en el quincho de la casa de su suegra, ubicada justo detrás del comercio. Loyola García Vázquez atendía su consultorio lindero y se preparaba para mudarse. Luis Quinteros trabajaba en el lugar. Jorge Benítez, con apenas ocho años, quedó atrapado en una tragedia que no distinguió edades, vínculos ni proyectos de vida.


Daños materiales y una comunidad golpeada

El Rey de la Oferta destruido por la gran cantidad de pólvora (La Nacion)

El impacto no se limitó a las víctimas directas. Comercios y viviendas quedaron destruidos o seriamente dañados. Néstor Brugiatelli, propietario de un negocio de aberturas, perdió en segundos lo que había construido durante más de veinte años de trabajo.

José Vaca, peluquero cuyo local se encontraba a unos 30 metros del supermercado, describió así lo ocurrido: “Fue una explosión muy grande, volaron todos los vidrios a 35 metros de la puerta principal”. En medio del caos posterior, denunció el robo de sus herramientas de trabajo. En la vía pública quedaron esparcidos restos de cohetes, cartuchos quemados y mercadería destruida.

Otro testigo, Raúl Fuentes, recordó la violencia de la onda expansiva: “Por la onda expansiva sentí como si me tironearan de la remera”. El estruendo, según múltiples testimonios, se escuchó hasta seis kilómetros de distancia.


La investigación judicial y la condena

FOTO: InfoSur Diario

La causa judicial determinó que en el lugar se almacenaba pirotecnia de manera ilegal y sin condiciones de seguridad. El Tribunal Oral en lo Criminal, integrado por los jueces Jorge Michelli, Nelson Jarazo y Alejandro Esmoris, dictó sentencia contra el propietario del local, Carlos Sotier.

Sotier fue condenado a una pena única de 13 años de prisión como autor del delito de estrago doloso doblemente agravado, por haber causado la muerte de cinco personas y haber puesto en peligro la vida de otras, además del delito de tenencia ilegal de material explosivo. Durante el proceso se incorporaron peritajes oficiales que acreditaron la presencia de entre 32 y 124 kilogramos de pólvora almacenados en el lugar. La pena incluyó la unificación con una condena previa en suspenso dictada en 2005 por tenencia ilegal de arma de guerra.

La causa se desarrolló en la Justicia Federal de La Plata, con intervención del fiscal Marcelo Molina y la querella representada por el abogado Gonzalo Permui Vidal, en nombre de una de las familias de las víctimas. En ese juicio, solo una familia sostuvo la demanda como parte querellante, ya que el resto de los damnificados y familiares desistieron de continuar con la acción judicial, circunstancia incorporada formalmente al expediente y considerada parte del contexto procesal en el que se dictó la sentencia.

Durante las audiencias, el acusado reconoció la existencia de pirotecnia en el depósito y refirió a las condiciones irregulares en que funcionaba el comercio, en el marco del debate probatorio ante el tribunal.


El reclamo persistente de las familias

Las familias que participaron del proceso expresaron su disconformidad con el monto de la condena. Rosa Estela Larrosa, madre de Luis Quinteros, sostuvo tras conocerse el fallo: “Tendrían que haberle dado 20”, y remarcó que esperaban una sanción mayor acorde a la gravedad de los hechos.

En el mismo sentido, Ismael Morales, padre de Mirta Noelia, expresó: “Sabemos que nada nos va a devolver a nuestra hija. Nos da mucha bronca que haya dicho que fue engañado, porque él sabía lo que estaba haciendo”.
La hermana de Quinteros resumió el sentimiento compartido por los familiares: “Nada nos devuelve a Luis. Por lo menos sabemos que Sotier está preso por lo que hizo”.


Memoria, justicia y una responsabilidad que excede lo individual

A 22 años de la explosión del Rey de la Oferta, la tragedia continúa interpelando a Florencio Varela. La Justicia estableció responsabilidades penales individuales y dejó asentados los hechos. Sin embargo, el recorrido judicial también evidenció las dificultades que enfrentan las víctimas para sostener procesos largos y complejos, al punto de que una sola familia debió cargar con el peso de mantener viva la demanda en sede judicial.

Desde una perspectiva de derechos humanos, este dato no invalida la condena, pero sí invita a una reflexión más amplia: la prevención de tragedias evitables no puede depender únicamente del impulso y la resistencia de quienes sufren el daño. La obligación de controlar, fiscalizar y prevenir riesgos previsibles en actividades peligrosas desarrolladas en zonas urbanas forma parte de los deberes indelegables del Estado. Recordar lo ocurrido el 2 de enero de 2004 es, también, una forma de reafirmar que la memoria colectiva y la justicia efectiva requieren políticas públicas sostenidas para que una tragedia así no vuelva a repetirse.

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