¿Qué marco normativo respalda la implementación de la telemedicina en el distrito y qué área audita, con indicadores públicos, la calidad de atención, los tiempos de respuesta y las derivaciones? Si se destinan más de 30 millones de pesos mensuales a este sistema y se lo presenta como una política sanitaria estratégica, ¿por qué se sostiene mediante contratos de corta duración? Y, en términos concretos, ¿cuál es su impacto real en la demanda y la descompresión de los CAPs, las UPAs y el Hospital Mi Pueblo?
El servicio municipal de Telemedicina en Florencio Varela registra, en los Boletines Oficiales y expedientes administrativos relevados por este medio, una secuencia de contrataciones trimestrales identificables por número de licitación y decreto.
2024: inicio formal

La Licitación Privada Nº 95/2024, abierta el 27 de septiembre de 2024, fijó un presupuesto oficial de $54.000.000 por un plazo de tres meses. Ese expediente cubre el último trimestre de 2024 y constituye el primer acto administrativo publicado que documenta la contratación del servicio.
2025: tramos documentados
El 2 de julio de 2025 se abrió la Licitación Privada Nº 47/2025, con presupuesto oficial de $90.300.150 y plazo de 90 días, correspondiente al período julio–septiembre 2025.
El 24 de septiembre de 2025 se publicó la Licitación Privada Nº 96/2025, adjudicada mediante Decreto Nº 2128/25 (1 de octubre de 2025), también por $90.300.150 y plazo de 90 días, para el período octubre–diciembre 2025. La documentación indica que la contratación se financia a través del Fondo de Auxilio en Emergencias – Título XXXI de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº 10.754.
2026: primer tramo
El 10 de febrero de 2026 se abrió la Licitación Privada Nº 9/2026, con presupuesto oficial de $90.300.150 y plazo de 90 días.
El período sin acto administrativo publicado
En los Boletines Oficiales mensuales y ediciones especiales analizados no se encontraron actos administrativos vinculados a la contratación del servicio durante enero–junio 2025. Tampoco se halló una ordenanza específica que instituya formalmente un “Programa Municipal de Telemedicina”.
Evidencia pública de continuidad
Pese a ese vacío documental, existen publicaciones oficiales que muestran funcionamiento del servicio en ese período.
En enero de 2025, el Municipio incluyó la “inscripción a Telemedicina” dentro de operativos y jornadas de salud. En abril de 2025, difundió cómo acceder al sistema, lo que presupone servicio vigente.
Además, permanece activa la página institucional “Nuevo servicio de Telemedicina”, donde se describe atención 24/7 todo el año, registro de usuarios y prestaciones en clínica, pediatría y primera escucha en salud mental.
En un discurso institucional del Concejo Deliberante 2025 también se menciona la telemedicina como acción de gestión ya implementada.

Florencio Varela: qué establece la Ordenanza 10.754
La Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº 10.754 regula el esquema tributario municipal y, en su Título XXXI, crea el Fondo de Auxilio en Emergencias. Según el texto, financia servicios de asistencia ante emergencias médicas y cobertura de gastos de sepelio en el distrito.
La norma dispone que lo recaudado se distribuya 50% para asistencia médica y 50% para servicios funerarios, con posibilidad de compensar excedentes entre ambos rubros.
Se financia con un adicional del 20% aplicado sobre la Tasa por Servicios Generales y la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. No fija un plazo propio de vigencia: el fondo rige mientras esté vigente la ordenanza que lo contiene o hasta su eventual modificación o derogación.
IT Consult SA: qué es, quién la conduce y con qué organismos trabaja
IT Consult SA es una empresa argentina que brinda servicios de telemedicina y soluciones digitales para el sistema de salud. Su plataforma permite realizar consultas médicas virtuales, gestionar historia clínica digital, emitir recetas electrónicas y solicitar estudios, con atención en distintas especialidades, incluida salud mental.
Según información difundida por la propia compañía, supera los cuatro millones de usuarios y ofrece atención las 24 horas. El servicio es presentado como gratuito para los vecinos, ya que el financiamiento corre por cuenta de municipios u obras sociales que contratan la prestación.
De acuerdo con publicaciones institucionales, su presidente es Mario Agustín Gallo, abogado con formación en gestión. En registros oficiales bonaerenses figura un homónimo con antecedentes en cargos administrativos públicos.
La empresa informa convenios con municipios y obras sociales como ObSBA, OSEF e IOSPER, entre otras. Los datos surgen de registros y comunicaciones públicas disponibles.

Interrogantes abiertos
En el marco de la expansión de servicios de telemedicina presentados como políticas públicas permanentes, persisten interrogantes sobre su encuadre legal, controles y transparencia.
El primer punto es el marco normativo: ¿qué instrumento —ley, decreto o resolución— formaliza objetivos, población destinataria, indicadores, mecanismos de control y autoridad de aplicación? Sin esa definición, resulta difícil delimitar responsabilidades administrativas y presupuestarias.
También se desconoce qué área audita la calidad de las prestaciones, los tiempos de respuesta, la seguridad del paciente y el circuito de derivaciones. ¿Existen indicadores públicos y reportes periódicos?
Si se trata de una política permanente, ¿por qué se sostiene con contrataciones de corta duración? ¿Qué previsión presupuestaria garantiza su continuidad?
La telemedicina implica el tratamiento de datos sensibles de salud, lo que exige cumplimiento estricto de la Ley 25.326. Surgen así puntos que requieren documentación: ¿cuál es la base legal del tratamiento?, ¿cómo se instrumenta el consentimiento informado?, ¿hay política de privacidad publicada?, ¿se formalizan contratos de encargo?, ¿qué medidas de seguridad se aplican?
Respecto de la historia clínica, recetas y órdenes digitales —promocionadas como “recetas digitales”— cabe preguntar: ¿cómo se integran al sistema de historia clínica?, ¿quién es responsable de su custodia?, ¿cómo validan identidad y garantizan trazabilidad?
En cuanto a los profesionales: ¿cuentan con matrícula vigente?, ¿cómo se verifica?, ¿existe cobertura de mala praxis?
Si el servicio es “24/7”, ¿qué protocolo se activa ante signos de alarma?, ¿cómo se derivan urgencias?, ¿cuántas consultas reales hubo por trimestre en clínica, pediatría y salud mental?
Finalmente, ¿cuál es el costo por consulta y por usuario activo?, ¿cuáles son los tiempos de espera, la tasa de resolución y el porcentaje de derivaciones a CAPS o guardias?, ¿la satisfacción se mide con metodología verificable? Y, en términos territoriales, ¿redujo la demanda en los CAPS o funcionó como un parche comunicacional?
Interrogantes que atraviesan el debate sobre la eficiencia del gasto público en salud y que requieren información transparente y evaluaciones verificables para determinar si la inversión efectivamente mejora la atención en el área pública.
