DDHH

¿Libertad para la vida comunitaria o para los desarrollos inmobiliarios?

La comunidad mapuche Los Huaytekas, cercana a El Bolsón, debe enfrentar en la justicia la persecución de un empresario forestal que obtuvo hectáreas casi regaladas de la Provincia de Río Negro. Hay documentos que avalan el reclamo comunitario, pero las demandas judiciales avanzan en un solo sentido.

¿Qué precio tiene el bosque nativo? ¿A cuánto cotizan los beneficios que un ecosistema milenario les aporta a los seres humanos? ¿Aparecen en la consmovisión mapuche la cancha de tenis o la piscina techada como aspiración espiritual?

Para responder estas preguntas hay que viajar a la Patagonia, puntualmente a Río Negro. El centro de atención es la comunidad Las Huaytekas, asentada en los parajes Los Repollos y El Foyel, a 30 km de El Bolsón, dentro del departamento de Bariloche.

A los pies del imponente Cordón Serrucho, y comprendido en parte dentro de los límites del Área Natural Protegida “Cipresal de Las Guaitecas” (cuya creación se realizó sin la consulta previa ni participación de la comunidad y, más aún, con su oposición), el territorio viene siendo objeto de múltiples despojos, principalmente para forestaciones de pino (especie invasora) y el desarrollo de proyectos turísticos y grandes estancias.

Uno de estos proyectos es el que presentó el empresario forestal José Luis Zilberberg, en 2011, como Consorcio Parcelario Solares de la Comarca. Abarca una superficie de 80 hectáreas sobre un total de 200, adquiridas con la anuencia del Estado provincial, a finales de 2008, al accesible valor de 463 pesos la hectárea

Zilberberg comenzó a construir 20 cabañas (de un total de 60 proyectadas) en un área que es vital para la comunidad, en términos espirituales y de abastecimiento de agua. Quienes habitan el lugar, sostienen que el proyecto no sólo altera el ecosistema local, sino que también podría acelerar el proceso de extinción del Cipresal de Guaitecas, una especie que depende del mallín del cual Zilberberg pretende sacar el agua para las instalaciones de su complejo turístico.

Desde hace años la comunidad viene denunciando esta situación en el fuero civil. Sin embargo, lo único que avanza es la denuncia penal por usurpación realizada por el empresario, quien pide el desalojo de la Lof Che Huaytekas para poder continuar su emprendimiento.

La tierra para qué y para quién 

En 2008, la Dirección de Tierras de Río Negro, mediante un decreto del entonces gobernador Miguel Saiz, otorgó en venta a José Luis Zilberberg 205 hectáreas dentro del territorio comunitario. El empresario, quien jamás ocupó ni residió en en el lugar, e incumplió sistemáticamente los planes forestales de la provincia, fue beneficiado por el Estado provincial con la aprobación de un proyecto para la subdivisión del predio rural en 60 parcelas, para la construcción de un country con canchas deportivas al pie de los espacios ceremoniales de la comunidad.

En 2022, el abogado Fernando Díaz Cantón, en representación de Zilberberg, presentó una solicitud de desalojo de la comunidad Las Huaytekas, acompañada por fiscalía pública. Ante el doble rechazo de la acción (en primera instancia y por parte del juez de Impugnación Bernardo Campana), la fiscalía desistió pero Díaz Cantón solicitó seguir adelante como querellante privado. Esta demanda prosperó hasta hoy.

El 5 de abril pasado se realizó, vía Zoom, una audiencia con el juez Juan Pablo Laurence. Allí, Díaz Cantón acusó a los integrantes del Lof Che Las Huaytekas de usurpación y pidió el “desalojo inmediato” como medida preliminar, junto a otras diligencias para identificar individualmente a las personas ya que, hasta ahora, la única imputada era la werken (vocera) de la comunidad, Mirta Ñancunao.

En la audiencia, el abogado querellante hizo alusión a un hecho de febrero de 2020: “Tres personas encapuchadas y portando y exhibiendo armas blancas (machetes) ingresaron a la propiedad del señor José Zilberberg”. Y señaló: “La persona que orquestó todo esto fue la señora Mirta Ñancunao”.

Ante esta acusación directa, Ñancunao solicitó tomar la palabra para aclararle al juez que ese día fue ella misma quien acompañó a la cuidadora del predio a realizar la denuncia: “Nosotros tenemos este conflicto de hace muchos años con el señor Zilberberg y él sabe que mi casa la tengo ahí en el predio que está en conflicto desde hace muchos años. Cuando ocurrió este hecho, Zulema (NdR: Inalef, quien se encontraba como cuidadora en una de las cabañas) recurrió a mí para decirme que había ingresado gente y yo la acompañé a ver qué gente había. Y sí, nos encontramos con gente encapuchada que yo no conocí. (…) La cuestión es que después todo eso se dispersó. En algún momento vino el consejero indígena a hacer una constatación, que debe estar en el legajo, donde creo que no se identificaron, pero después se declara la pandemia y todo quedó parado”.

Por su parte, la defensora pública Blanca Alderete señaló que “se trata de una cuestión civil, de una cuestión administrativa que nada tiene que ver con el derecho penal”, y solicitó que se declare la prescripción de la acción penal respecto de Mirta Ñancunao y las demás personas mencionadas.

La forestación de pinos fue el interés inicialmente aducido por Zilberberg para la compra, a mediados de los años setenta, de una fracción de “tierra fiscal con mejoras introducidas” en el “lote 83 de la sección IX del departamento Bariloche”. Un territorio comunitario indígena.

Durante la audiencia de abril, el empresario reconoció que, con el permiso del Estado de Río Negro, taló bosques de ñires (especie nativa) para promover el monocultivo de pinos. Estas autorizaciones fueron y son políticas de Estado que transformaron la zona, y agravaron los índices de incendios forestales por el alto nivel de combustión de esta especie no autóctona.

“En las cuestiones penales nunca se resuelve el problema de fondo, si te desalojan o te dan por sobreseído porque no consideran que haya una usurpación, y queda ahí, pero la tierra sigue con el mismo problema”, señaló Mirta Ñancunao al ser entrevistada por este medio.

El tuwun (lugar de origen)

La comunidad debe su nombre al milenario bosque denominado Cipresal de Las Guaitecas, situado dentro del territorio. Allí se encuentra el rewe, espacio de gran importancia espiritual donde se realizan las ceremonias del pueblo mapuche y tehuelche. También allí, descansa quien en vida fuera Margarita Foyel, secuestrada en 1884 de estos territorios por la mal llamada “Campaña al Desierto” y llevada prisionera al Museo de Ciencias Naturales de la Plata

Margarita falleció en cautiverio en 1887, a sus 33 años, y fue exhibida en una vitrina viva y muerta. Los restos de su cuerpo fueron devueltos junto a los de su tío, el Cacique Inacayal, a sus familias y comunidades recién en 2014, luego de una larga lucha.

Las aguas que aún pueden fluyen río, arroyo abajo, para unirse a los caudales que alimentan el valle de la Comarca Andina: el río Quemquemtrew, el río Azul, el Lago Puelo.

“Es como una bañadera de arcilla que se llena y mantiene toda la vida, la turba que mantiene humedad”, explica Mirta Ñancunao, quien a su vez resalta la presencia de diversos tipos de árboles como huaytekas, ñires, radales, alerces y cipreses de cordillera, los cuales, en general, no prosperan en zonas de mallines.  

Ñancunao expresa su preocupación: “Esa bañera, cuando se llena, drena sola, tiene sus cursos; Zilberberg está en un lugar estratégico, desde donde se distribuye el agua hacia el resto del territorio. Si se quiebra, acá, nosotras nos quedaríamos sin agua, igual que el resto de las familias. Todos los arroyos, superficiales o subterráneos, derivan de ahí, alimentan todo el ecosistema”. Este ecosistema tan particular tiene una forma natural de alimentarse, y en los últimos 20 años ha bajado su nivel.

La doble vara

La titularidad de Zilberberg sobre las hectáreas cuestionadas fue impugnada también por la Comisión Investigadora para el Relevamiento de Transferencias de Tierras Rurales, que visibilizó el traspaso irregular de tierras fiscales rurales en la provincia de Río Negro para el beneficio de privados. Esto le permitió al Estado provincial iniciar, en 2017, una causa contra Zilberberg pidiendo la nulidad del título que él detenta sobre parte del territorio.

La Comisión fue creada en 2012 por la Ley 4.744. Durante cuatro años tuvo a su cargo el análisis de diferentes denuncias sobre la entrega y venta de tierras fiscales. En su informe final da cuenta del estudio de 145 casos, tomando en cuenta la Ley de Tierra Nº 279 y la Ley Ley Integral del Indígena. “Pudimos dar dictamen a la mitad de las denuncias y a las restantes las enviamos a la Fiscalía de Estado, para que los interesados puedan continuar el reclamo”, explicó Cesar Miguel, legislador que presidió la comisión, al entregar el informe en 2015. 

La Comisión estudió la transferencia efectuada a Zilberberg en 2008 sobre la porción de tierras que se encuentra dentro del territorio ancestral de Las Huaytekas. La conclusión: “La venta de más de 200 hectáreas al precio de $463,84 la hectárea constituye, a todas luces, un “precio vil”. (…) La Dirección General de Tierras actuó contra el mandato del constituyente rionegrino, ya que trató a la tierra como mercancía y autorizó su transferencia a una persona que no era un trabajador sin siquiera verificar si era o no propietario”.

A su vez, observaron: “No se tuvo en cuenta lo prescrito por el artículo 42 de la Constitución rionegrina, la ley 2.287, el artículo 75, inc.17 de la CN, así como el Convenio 169 de la OIT. Vale consignar que ya por entonces la Comunidad Mapuche Las Huaytekas tenía reclamadas formalmente las tierras en cuestión a la Provincia, lo que estaba claramente en conocimiento del Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (CODECI) y de la Dirección de Tierras. Estando en vigencia la ley 2.287 que establece como prioritaria la asignación de las tierras a comunidades indígenas, la Dirección de Tierras de la Provincia prescindió por completo de la asignación de dichas tierras a las familias de la Comunidad de Las Huaytekas, a sabiendas de que tenían un orden preferente (art. 20 ley 2.287)”. 

Como consecuencia de esta investigación, en diciembre de 2014, el entonces Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro informó a la Comisión que daba inicio a la causa “PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZILBERBERG, JOSE LUIS S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LESIVIDAD NULIDAD) Expte N° 022/2014-CAV”. “Este proceso judicial iniciado tiene por objeto recuperar para el Fisco de la Provincia las parcelas”, se fundamentaba. Sin embargo, esta causa permanece estancada en el fuero civil, mientras Zilberberg avanza en el ámbito penal buscando el despojo a la comunidad para poder seguir desarrollando su emprendimiento inmobiliario sobre territorio indígena y reservas naturales. 

El 8 de mayo de 2024, al juez Juan Pablo Laurence le toca decidir. Es quien debe resolver sobre el pedido de Zilberberg y su abogado de continuar la demanda de forma privada contra la comunidad, y en particular sobre las medidas de “desalojo inmediato” e identificación que pretende el empresario. 

Los antecedentes a favor de la comunidad son múltiples y están bien documentados, pero en la era de la libertad (de mercado) los fundamentos económicos tienen un peso superlativo. ¿Para qué lado se inclinará la balanza judicial?

:::Gioia Claro-Roxana Sposaro. Cobertura colaborativa Revista Cítrica-Infoterritorial:::

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Required fields are marked *